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lunes, 4 de abril de 2011

INTRODUCCION

Como disciplina jurídico-científica, el origen del Derecho Tributario moderno suele 
relacionarse con la aparición de la Ordenanza Tributaria alemana en 1914, y la doctrina
que provocó.
El rasgo esencial de este proceso de juridificación del fenómeno tributario lo constituye
el tránsito de la relación de poder a la relación jurídica. En efecto, tradicionalmente, 
se consideró que la potestad tributaria de las autoridades públicas se basaban simplemente
en el poder soberano y de hecho que podía tener el Soberano o la Autoridad sobre sus súbditos. 
No existía, por tanto, una concepción que tendiera a limitar dicha voluntad.
Con el tránsito de la relación de poder a la relación jurídica, el instituto del tributo empieza a 
someterse a una serie de esquemas prestablecidos y uniformes que hacen que se establezcan 
las reglas del juego mediante las cuales los contribuyentes van a contribuir al sostenimiento
de los gastos públicos. De esta manera, la doctrina se enfrenta al fenómeno tributario 
apelando a las categorías dogmáticas que vienen de otras ramas del Derecho.
Así, conceptos como derecho de crédito, obligación pecuniaria, formas de
extinción de la obligación, etc., propios del campo de las obligaciones, 
son tomados como instrumento para analizar el sistema tributario. 
Lo mismo sucede con conceptos importados del Derecho administrativo
como el de las potestades y deberes.
La utilización de los conceptos jurídicos ha llevado a intensas 
discusiones doctrinales en cuanto a cuáles son los esquemas
jurídicos más idóneos para explicar el fenómeno tributario. En esa dirección, 
puede decirse, en un afán de síntesis, que existen dos enfoques generales 
en torno al contenido jurídico del derecho tributario:

CONCEPTO DERECHO TRIBUTARIO

Siguiendo a SAINZ DE BUJANDA, podemos decir, a la luz de la expuesto, que el Derecho Tributario es la rama del derecho que estudia las normas materiales que establecen el tributo así como el conjunto de potestades que tiene la administración para la aplicación de éstos.
Como puede verse, la combinación entre aspectos materiales y formales constituye una característica propia del Derecho Tributario.

SISTEMA TRIBUTARIO

s el conjunto de tributos existentes en un país en una época determinada. Ejerce una presión fiscal, la cual esta vinculada con el impacto que tiene el sistema tributario sobre la riqueza.
La presión fiscal es la suma de impuestos que afectan al contribuyente.

Véase también

  • Sistema tributario de España
  • Sistema tributario de Chile
  • Sistema tributario de Panamá
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CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS

En razón de su origen

En razón del objeto

En razón de criterios administrativos
En función de la capacidad contributiva
Criterio económico de la traslación

En razón del sujeto

En razón de la actividad gravada

 

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LOS TRIBUTOS

Son prestaciones pecuniarias obligatorias establecidas por los distintos niveles estatales.
El tributo es la obligación monetaria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas, en especial al gasto del Estado.
  • Son prestaciones generalmente monetarias.
  • Son verdaderas prestaciones que nacen de una obligación tributaria; es una obligación de pago que existe por un vínculo jurídico.
El sujeto activo de las relaciones tributarias es el Estado o cualquier otro ente que tenga facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos, los cuales han sido cedidos a través de un pacto social.
El sujeto pasivo es el contribuyente tanto sea persona física como jurídica.
  • Sujeto de iure: el que fue considerado en la norma al establecer el impuesto.
  • Sujeto de facto: es quien soporta la carga económica del impuesto, a quien el sujeto de jure traslada el impacto económico.
En el moderno Estado de derecho los tributos son creados por ley. El Estado es una forma moderna de convivencia social.